La Junta aprueba el toque de queda en Castilla y León que entrará en vigor mañana
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Acuerdo por el que se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública.
La medida adoptada tendrá vigencia entre las diez de la noche y las seis de la mañana del día siguiente, para un período inicialmente establecido de catorce días
El BOCyL publicará el sábado, 24 de octubre, una edición extraordinaria que dé publicidad al Acuerdo, en vigor desde ese momento
Los confinamientos perimetrales establecidos actualmente decaerán a las 6 de la mañana de este sábado, 24 de octubre
Los Servicios Jurídicos de la Administración autonómico someterán esta norma a la oportuna ratificación judicial
La Junta de Castilla y León aplicará desde mañana, sábado 24 de octubre, el Acuerdo por el que se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública.
Así se ha acordado, ante el empeoramiento continuado de la situación epidemiológica y asistencial en Castilla y León, durante una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno celebrada hoy.
La adopción de este Acuerdo supone la implantación de un toque de queda en todo el territorio de la Comunidad entre las diez de la noche y las seis de la mañana del día siguiente, con las excepciones valoradas para ello.
El Boletín Oficial de Castilla y León publicará mañana, sábado 24 de octubre, a partir de las 00 h, una edición extraordinaria con este Acuerdo, de forma que se le dé publicidad, comenzado su vigencia en ese momento, para un período inicialmente establecido de catorce días; es decir, hasta el viernes 6 de noviembre.
Los Servicios Jurídicos de la Administración autonómica darán traslado de esta medida al ámbito judicial, al objeto de obtener la oportuna ratificación si así se considerase.
Este Acuerdo por el que se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública valora que, para el control de riesgos por la transmisión comunitaria en todo el territorio de Castilla y León, únicamente se podrá circular por vías y espacios públicos para la realización de las siguientes actividades, siempre de forma debidamente justificada:
Adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
Retorno al lugar de residencia habitual, tras haber realizado las actividades anteriores.
También, durante el período establecido de las diez de la noche a las seis de la mañana del día siguiente, en toda la Comunidad castellana y leonesa se permitirá únicamente
la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades anteriormente referidas o para el repostaje en gasolineras y estaciones de servicio.
La circulación de vehículos por carretera y viales que transcurran o atraviesen el ámbito territorial de Castilla y León estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino
fuera del mismo.
En todo caso, en cualquier desplazamiento permitido efectuado durante esas horas, deberán respetarse las órdenes y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
Además mañana se convocarán los CECOPIS -Centros de Coordinación Operativa Integrado COVID-19- en todas las provincias de Castilla y León para la coordinación de todo el operativo para la aplicación del toque de queda en Castilla y León.
La norma ahora aprobada supone, asimismo, durante la vigencia del mismo, dejar sin efecto temporalmente aquellas acciones reflejadas en el Acuerdo 46/2020, por el que se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19 en Castilla y León en lo que excedan, se opongan o contradigan lo ahora dictado.
De igual manera, quedarán sin efecto a las 6 de la mañana de este sábado, 24 de octubre, las medidas referidas a la limitación de la movilidad ciudadana y restricciones a la circulación (cierres perimetrales) vigentes mediante las diferentes órdenes dictadas por la Consejería de Sanidad y que, cronológicamente, afectan a los municipios de Pedrajas de San Esteban (Valladolid), Miranda de Ebro (Burgos), León, Palencia, San Andrés del Rabanedo (León), San Pedro Latarce (Valladolid), Salamanca, Aranda de Duero (Burgos), Burgos y Ponferrada (León).