Subvenciones para la reincorporación de los autónomos que hayan cesado su actividad por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Primero.– Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta como autónomas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante, RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, entre el 1 de septiembre de 2019 y el 15 de septiembre de 2020.
Segundo.– Objeto.
Promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.